Normativa
Normativa DGT del patinete eléctrico en 2026
Actualizado a octubre de 2026, con la reforma ya en vigor.
Desde el 1 de octubre de 2026 el Reglamento General de Circulación incorpora el casco obligatorio en todo el territorio nacional, con edad mínima de 15 años. Hasta esa fecha, el casco dependía de cada ayuntamiento. Circular sin casco es infracción grave: 200 €, 100 € con pronto pago.
Reglas básicas para circular
| Aspecto | Norma |
|---|---|
| Edad mínima | 15 años (desde el 1 de octubre de 2026) |
| Casco | Obligatorio a nivel nacional desde el 1 de octubre de 2026, sin excepciones |
| Chaleco reflectante | Obligatorio de noche o con baja visibilidad; permanente para uso profesional |
| Velocidad máxima en vía urbana | 25 km/h |
| Pasajeros | Prohibido, solo una persona por patinete |
| Potencia máxima | 500 W |
| Auriculares y móvil | Prohibido su uso mientras se circula |
| Luces encendidas de forma permanente | No exigible hasta el 1 de octubre de 2027 |
Dónde no se puede circular
- Aceras y zonas peatonales.
- Autopistas, autovías y vías interurbanas.
- Pasos de travesía y túneles urbanos.
El patinete debe circular por calzada, carril bici o vías ciclistas, según lo permita cada ayuntamiento en su ordenanza local.
Equipamiento obligatorio del patinete
- Luces delantera y trasera.
- Frenos en buen estado.
- Elementos reflectantes.
- Placa o etiqueta identificativa (ver registro y seguro obligatorio).
Alcohol y drogas
Se aplican los mismos límites que a los conductores de vehículos a motor: 0,25 mg/l en aire espirado con carácter general, y controles equivalentes de drogas. Circular en patinete bajo esos límites es sancionable igual que en coche.
Sanciones
El incumplimiento de estas normas (circular por acera, sin casco, superar la velocidad o llevar pasajero) se sanciona como infracción de tráfico. Ir sin casco es infracción grave: 200 €, que se quedan en 100 € con pronto pago. Estas sanciones se suman a las del seguro obligatorio, ya exigible desde enero de 2026.